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Condiciones generales del contrato 01-2003

Generalidades, vigencia y definiciones

  1. Las presentes condiciones generales serán de aplicación en todas las relaciones comerciales actuales y futuras cuyo objeto sea el envío/pedido de nuestros CDs de navegación, salvo que dichas condiciones hayan sido modificadas o suprimidas con nuestra aprobación por escrito.
  2. A efectos de las presentes condiciones generales, se considera Consumidor a aquella persona física con la que se mantiene una relación comercial, persona a la que no se atribuye una profesión industrial o independiente en particular.
    Asimismo y a efectos de las presentes condiciones generales se considera Empresario a aquella persona física o jurídica o a aquella entidad personalística con capacidad jurídica con la que se mantiene una relación comercial, la cual surge como consecuencia del desempeño de su actividad profesional industrial o independiente.
    A efectos de las presentes condiciones generales se considera Cliente tanto al Consumidor como al Empresario.
  3. Las condiciones generales que difieran, contradigan o completen las presentes condiciones no se considerarán parte integrante del contrato aunque se conozcan, a menos que su validez sea aprobada expresamente por escrito.

Oferta y extinción

  1. Nuestras ofertas no obligan a ningún compromiso. Modificaciones técnicas así como modificaciones en la forma, color y/o peso entran dentro del marco de lo razonable.
  2. Mediante el encargo de la mercancía el Cliente declara que desea recibir la mercancía en cuestión.
    Nos reservamos el derecho de aceptar la oferta de contrato anexa al pedido en el plazo correspondiente a las dos semanas posteriores al recibimiento del mismo. Se comunicará al Cliente la aceptación del pedido, bien mediante confirmación escrita, bien mediante la entrega de la mercancía al Cliente.
  3. En caso de que el Consumidor haya realizado el pedido por vía electrónica, se le comunicará el acceso al pedido de manera inmediata. Dicha confirmación del acceso no conlleva obligatoriamente la aceptación del mismo. La confirmación de acceso podrá verse acompañada de la confirmación de aceptación del pedido.
  4. Se dará por concluido el contrato en el momento en que nuestros proveedores realicen la entrega de la mercancía de forma correcta y en el plazo estipulado. Lo último será de aplicación sólo en el caso de que la no entrega de la mercancía no sea responsabilidad nuestra, particularmente en el caso de cumplimiento de un acuerdo de cobertura con nuestro proveedor.
    En caso de que no se pueda llevar a cabo la prestación del servicio se informará al cliente de forma inmediata. Cualquier contraprestación que se haya realizado será restituida sin dilación.
  5. En caso de que el Cliente haya encargado la mercancía por vía electrónica, nosotros guardaremos el texto del contrato. El Cliente puede solicitar que éste le sea enviado por correo electrónico junto con las presentes condiciones generales.
  6. El Cliente, al adquirir productos de mantenimiento o solicitar el envío de actualizaciones y/o extensiones de nuestros productos deberá encargar y abonar las mismas por separado.

Reserva de propiedad

  1. Para los contratos celebrados con el consumidor nos reservamos el derecho de propiedad sobre la mercancía hasta que el precio acordado por ésta no haya sido abonado enteramente.
    Para los contratos celebrados con el empresario nos reservamos el derecho de propiedad sobre la mercancía hasta que hayan sido satisfechas todas las exigencias de una relación comercial corriente.
    Aquellas mercancías que, según la disposición anterior, vuelvan a nuestra propiedad, pasarán a denominarse a partir de ahora mercancías de reserva.
  2. El cliente está obligado a tratar la mercancía de reserva con cuidado.
  3. El cliente está obligado a comunicarnos inmediatamente el acceso de terceros a la mercancía de reserva, por ejemplo en caso de embargo, así como posibles daños o la destrucción de la misma. El cliente debe indicarnos inmediatamente si se produjese un cambio en la propiedad de la mercancía de reserva así como cualquier cambio de domicilio social.
  4. En caso de que hubiese un comportamiento del cliente que contraviniese lo estipulado en el contrato, en particular en caso de demora en el pago o en caso de una violación de los deberes contractuales a los que se compromete a tenor de lo dispuesto en los párrafos 2 y 3 de la presente resolución, nos reservamos nuestro derecho de rescindir el contrato y de exigir la mercancía de reserva.
  5. El empresario está en su derecho de volver a vender la mercancía de reserva de acuerdo con una práctica normal de negocios. Nos cederá el crédito que haya obtenido al realizar el traspaso a terceros. Tras aceptar la adjudicación del crédito por renuncia del empresario, éste está autorizado, posteriormente a su renuncia, a cobrar el crédito de su deudor. Nos reservamos nuestro derecho a cobrar el crédito nosotros mismos en el momento en que el empresario no cumpla de manera adecuada con sus obligaciones, incurriendo en una demora en el pago. Si este fuera el caso, podemos exigir que el cliente nos comunique, tanto a nosotros como a sus deudores, la cesión del crédito. Asimismo podremos exigir que nos proporcione todos los datos necesarios para el cobro del mismo, que nos entregue todos los documentos necesarios para que éste pueda en efecto cobrarse y que comunique a sus deudores (terceras partes) la cesión del crédito.
  6. Si nuestra reserva de propiedad careciese de validez en caso de que la entrega se produjese en el extranjero o si por cualquier otra razón no fuese aplicable, o si por alguna razón no pudiésemos ejercer nuestro derecho de propiedad sobre la mercancía de reserva, la parte contratante estará obligada a asegurar nuestros derechos sobre la mercancía de reserva o a garantizarnos de alguna manera la protección de nuestros intereses. Todo esto deberá realizarse de conformidad con el derecho aplicable en el lugar de residencia del cliente, y de manera que las normas aplicadas se aproximen lo más posible a las normas de reserva de propiedad alemanas.

Cargos, derecho de retención.

  1. No se admitirán compensaciones por demandas simultáneas que hayan sido pleiteadas y declaradas sin fuerza de ley.
  2. No se invocará el derecho de retención sobre bienes por exigencias que no esten contempladas en la misma relación contractual, salvo que nosotros aceptemos y declaremos válidas dichas exigencias.

Cláusula de riesgo

  1. En caso de que el comprador sea empresario, el riesgo de pérdida o deterioro ocasional de la mercancía en la entrega, o, en caso de que la compra se realice a distancia, el riesgo de pérdida o daños sufridos durante el envío al transitario, transportista, o a la persona o institución encargada del envío, será asumido por el comprador.
  2. Si el comprador es un consumidor, éste sólo asumirá el riesgo de pérdida o deterioro ocasional de la mercancía adquirida si dicha pérdida o dichos daños se producen durante la entrega, incluso en el caso de compra a distancia.
  3. Las disposiciones referentes a la entrega serán de aplicación aunque exista un retraso en la recepción por parte del comprador.

Garantías

  1. Si el comprador es un particular, tiene derecho a rechazar la compra dentro de los 7 días siguientes a la recepción del producto sin justificación. El rechazo no es posible cuando el cliente haya estropeado la caja del producto y entonces el código que identifica el producto mismo (CD u tarjeta SD).
  2. En caso de que el comprador sea empresario realizaremos, en cumplimiento de la garantía, los arreglos necesarios, o bien repondremos la mercancía defectuosa, según consideremos oportuno.
  3. En caso de que el comprador sea un consumidor, puede escoger si desea que la mercancía defectuosa sea reparada o si desea que enviemos un repuesto. No obstante, estamos autorizados a rechazar la elección del cliente, si esta conllevara gastos desproporcionados y la otra opción no supusiera desventajas considerables para el consumidor.
  4. Si la garantía no le dejase satisfecho, el cliente puede escoger entre una indemnización por daños o una anulación del contrato (rescisión). No obstante, en caso de que el incumplimiento de contrato no fuese grave, en particular si los defectos fuesen de poca consideración, el cliente no podrá rescindir el contrato.
  5. El empresario se compromete a cumplir debidamente y de acuerdo a lo estipulado por la ley su obligación de revisar la mercancía y de presentar, si fuera el caso, las reclamaciones pertinentes. Así pues, el cliente deberá, siempre que sea posible, examinar la mercancía inmediatamente después de la entrega por si hubiese algún defecto.
    El empresario deberá indicarnos por escrito si existen defectos evidentes en un plazo máximo de 14 días a partir de la recepción de la mercancía; de no ser así, no podrá reclamar su derecho a la garantía. Para que haya un mantenimiento del plazo basta con que se haga el envío en el momento correspondiente. La carga de la prueba para todas las condiciones del derecho a prestaciones reside en el empresario, quien deberá probar en particular el defecto en sí, el momento en que fue consciente de dicho defecto y si la reclamación por mercancía defectuosa se hizo en el plazo estipulado.
  6. Si el cliente no quedase satisfecho con nuestra garantía y escogiese desistir del contrato alegando defecto de la mercancía o defecto legal, no tendría derecho a exigir una indemnización por daños y perjuicios.
    Si el cliente, en caso de no quedar satisfecho con la garantía, escogiese una indemnización por daños y perjuicios, la mercancía permanecerá en su posesión. La indemnización por daños consistirá en abonar la diferencia entre el precio de venta y el valor de la mercancía defectuosa. Lo último no sería aplicable si hubiese habido dolo por nuestra parte en el incumplimiento del contrato.
  7. Para empresarios el plazo de prescripción de la garantía asciende a un año a partir de la entrega de la mercancía. Esto último no será de aplicación si el empresario no nos comunicó el defecto del producto dentro del plazo estipulado (apartado 4 de esta disposición).
    Para el consumidor, el plazo de prescripción de la garantía corresponde a los dos años subsiguientes a la entrega de la mercancía.
  8. En caso de que el comprador sea un empresario, a la hora de determinar el estado material de conservación de la mercancía se tendrá en cuenta sólo nuestra descripción de la misma. Opiniones públicas, recomendaciones o publicidad no servirán como indicador del estado material de la mercancía a efectos del presente contrato.
  9. El cliente no recibirá por nuestra parte garantías en el sentido legal estricto.

Limitaciones de la responsabilidad

  1. En caso de que el comprador sea un consumidor, nuestra responsabilidad en caso de grave incumplimiento por negligencia se limitará a subsanar los daños directos, previsibles y típicos de este tipo de acuerdos, según la mercancía. Lo último también se aplicará en caso de incumplimientos leves por negligencia de nuestros representantes o empleados.
    En lo referente al empresario, no nos haremos responsables de aquellos daños que no sean debidos a un incumplimiento grave por negligencia nuestra, o a un incumplimiento intencionado o incumplimiento grave por negligencia de un representante o empleado nuestro. Tampoco nos haremos responsables de las pérdidas de beneficios del cliente.
  2. Las anteriores disposiciones sobre exclusiones y limitaciones de responsabilidad no serán aplicables a las exigencias del cliente en cuestiones de garantía del producto. Asimismo, tampoco serán aplicables en caso de daños corporales o de salud o en caso de pérdida de la vida del cliente.
  3. La garantía caduca después de dos años desde la entrega del producto. Lo último no será de aplicación en caso de que nos sea atribuible una falta grave, o bien posibles daños físicos o de salud o la pérdida de la vida del cliente.

Confidencialidad

Se aplicarán las normas de Confidencialidadde Tele Atlas

Disposiciones finales

  1. Los termines de las condiciones están sujetos a la ley vigente en los Países Bajos. Las disposiciones del derecho mercantil de las Naciones Unidas carecen de validez a efectos del presente contrato.
  2. Si el cliente es un comerciante, una persona jurídica de derecho público o un capital especial de derecho público, el tribunal con competencias para intervenir en aquellos litigios que resulten de la relación contractual será la sede de la sociedad Tele Atlas Data 's-Hertogenbosch.
  3. En caso de que alguna de las disposiciones del contrato con el cliente incluida en las presentes condiciones generales fuese en parte o del todo inaplicable, el resto de disposiciones del contrato seguirán teniendo validez. Dicha disposición, invalidada total o parcialmente, deberá ser sustituida por una disposición que, en el beneficio económico que pueda aportar, sea lo más parecida posible a aquella que ha sido invalidada.

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